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Preguntas Frecuentes

Preguntas Comunes

¿Cómo puedo aplicar para solicitar asistencia pública?

Las aplicaciones para los programas de asistencia pública son procesadas en la oficina local de servicios sociales del condado. Para llenar la aplicación por internet visite la página: BenefitsCal.com o solicite la aplicación para beneficios de asistencia pública en su oficina local de servicios sociales del condado ya sea por teléfono, en persona, por fax o por correo.

Se puede descargar toda la aplicación para solicitar beneficios de asistencia en la página de internet del Departamento de Servicios Sociales de California. Aun así usted debe de entregar la aplicación en la oficina apropiada del condado ya sea por correo o en persona.

¿Cómo puedo revisar el estado de mi aplicación para asistencia pública o el de mi caso?

Si le gustaría revisar el estado de su caso, o si requiere de asistencia, favor de llamarnos al (877) 410-8823. Si necesita completar una aplicación nueva, favor de llamar al (877)410-8823.

¿Cómo puedo cambiar mi cita o contactar a mi trabajador del condado?

Si le gustaría hablar con su especialista de eligibilidad del condado y/o para hacer o cambiar la cita con su especialista de eligibilidad, debe contactar a su oficina local de servicios sociales del condado. En este sitio de internet puede encontrar el domicilio y teléfono de la oficina más cercana a usted. Se encuentra bajo la opción: Contáctenos.

¿Cuándo recibiré mis beneficios de asistencia pública?

En el Programa California Work Opportunity and Responsibility to Kids (CalWORKs), los beneficios se pagan entre el primer y tercer día del mes (de acuerdo al calendario).

En el Programa CalFresh, los beneficios se depositan a una tarjeta a través de una Transacción Electrónica de Beneficios (EBT) ese mismo día, que es igual al último dígito del su número de caso. Por ejemplo, si su caso termina con el número “5”, el día en que los beneficios estarán disponibles en la tarjeta EBT serán el día 5 de cada mes.

Para solicitar más información sobre el status de sus beneficios, por favor llámenos al (877) 410-8823.

Estoy experimentando problemas para ingresar en la página C4Yourself para aplicar o para revisar el estado de mis beneficios.

La Oficina de Servicios Sociales del Condado de Monterey no administra ni le da mantenimiento a las páginas de internet que son usadas para solicitar los beneficios de asistencia pública o para revisar los estados de las solicitudes (como BenefitsCal.com). Cada uno de estos sitios de internet cuentan con instrucciones especificas en temas como: “Creación de cuenta”, “Solicitar su clave”, o “Dificultades para Ingresar”. Si usted continúa experimentando problemas con estos sitios, favor de comunicarse a “MC-CHOICE” para solicitar asistencia al: (866) 361-0477.

Extravié o me robaron mi tarjeta de Transferencia Electrónica de Beneficios (EBT). ¿Cómo puedo obtener otra?

Si extravió o le fue robada su tarjeta EBT; el dueño de la tarjeta es responsable de llamar al Centro de Servicios al Cliente EBT para reportar el problema tan pronto como sea posible. La cuenta de la persona únicamente puede ser usada con una tarjeta válida EBT y el PIN (Número de Identificación Personal). Las transacciones realizadas a su cuenta con la tarjeta EBT y el PIN serán responsabilidad del dueño de la tarjeta, aun cuando estas hayan sido hechas sin su autorización o conocimiento. Por esta razón es que es muy importante que no comparta su PIN con nadie.

Una vez que se reportó la situación, la tarjeta EBT será desactivada y los beneficios no podrán ser usados por otra persona.

Adicional a esto, usted debe contactar a su trabajador el condado para que le remplacen su tarjeta EBT.

¿Puedo permitir que alguien me ayude a hacer mis compras utilizando mi cuenta EBT?

Pregunte a su trabajador del condado como puede establecer a un Representante Autorizado (AR); este representante tendrá acceso a sus beneficios de comida y/o a su cuenta de asistencia monetaria. Su representante tendrá una tarjeta que es diferente a la suya con otro número de cuenta y PIN. El sistema EBT puede diferenciar cual tarjeta se utilizó para usar su cuenta.

¿Puedo usar mi tarjeta de Transferencia Electrónica de Beneficios EBT en otro estado?

Su tarjeta EBT será aceptada en cualquier tienda o cajero ATM que muestre el símbolo: Quest® y en los otros 49 estados en los Estados Unidos, así como en el Distrito de Colombia, la isla Virgen de los E.U. y Guam. Si usted no ve el símbolo Quest®, busque el símbolo EBT, SNAP o Estampillas de Comida. Si no está seguro, pregúntele al manejador de la tienda. Actualmente, los dueños de las tarjetas EBT de California no las pueden usar en Puerto Rico. Por favor, recuerde que es su responsabilidad avisarle a su trabajador de elegibilidad si usted estará viajando a otro estado.

¿Qué otras opciones existen para ayudarme a proteger mis beneficios de CalFresh y CalWORKs contra el robo electrónico?

ebtEDGE es una nueva aplicación móvil  y basada en la web disponible para ayudar a proteger los beneficios de CalFresh y CalWORKs contra el robo electrónico.

ebtEDGE le permite mejorar la seguridad Ofreciendo las siguientes funciones:

  1.  Administración del PIN:Se puede cambiar el PIN de la tarjeta EBT cuando sea y cuantas veces sea necesario.
  2. Congelar/descongelar su tarjeta EBT:Se puede bloquear o «Congelar» el acceso a los beneficios de su tarjeta EBT y desbloquear o»Descongelar» el acceso a su tarjeta EBT, en tiempo real.
  3. Bloqueo de transacciones (compras fuera del estado o por Internet):Se puede bloquear transacciones para que no ocurran Compras Fuera del Estado y/o por Internet, y losBeneficiarios de la Tarjeta EBT se pueden activar y desactivar estas funciones mediante una computadora o teléfono móvil.
  4. Solicitar una tarjeta de reemplazo:Se puede solicitar una tarjeta de reemplazo si la tarjeta está comprometida, dañada, perdida o robada.
  5. Acceso biométrico:Se recomienda a los usuarios de tarjetas EBT que utilicen el acceso biométrico como Touch ID o FacialReconocimiento Facial habilitado en su teléfono móvil para iniciar sesiones de forma segura.

Para más información, visite: http://ebt.ca.gov

¿Pueden reemplazarme los beneficios de CalFresh y CalWORKs si me los roban electrónicamente?

Sí, debe denunciar el robo en un plazo de 90 días y rellenar el formulario de reemplazo EBT 2259

¿Cómo puedo reportar un fraude a la asistencia pública?

Cada uno de los 58 condados de California cuenta con una Unidad Especial de Investigaciones (SUI) la cual es responsable de investigar los reportes de posibles abusos a los programas de asistencia pública en su condado. Usted puede reportar sus inquietudes en una de las siguientes maneras:

  • Puede llamar al SIU del condado en el cual cree que sucedió el fraude. La SIU del Condado de Monterey puede ser contactada llamando al: (831) 755-3224.
  • Si así lo prefiere, puede llamar a la Línea de Fraude de; Departamento de Servicios Sociales al (800) 344-8477 y, su información será grabada y enviada al condado apropiado.
  • También puede mandar un correo electrónico al CDSS línea de Fraude. El e-mail es: FraudHotline@dss.ca.gov.

CalFresh

¿Existe un límite de ingresos para poder recibir CalFresh?

Si, el límite de ingresos se basa en el número de personas por las cuales está usted solicitando los beneficios. Las preguntas en la aplicación ayudarán al condado a evaluar si es o son elegible/s.

Si recibo: SSI/SSP, ¿Aun puedo recibir CalFresh?

Las personas que reciben SSI/SSP no son elegibles para CalWORKs pero otros miembros de su familia que no reciben SSI/SSP podrían ser elegibles para recibir beneficios de CalWORKs.

A partir del 1 de Junio del 2019, los beneficiarios de Seguro Suplemental (SSI) pueden ser elegibles para recibir beneficios de CalFresh.

¿Incluirán mi propiedad, el dinero en el banco y/o el carro que uso, para determinar si puedo recibir CalFresh?

Dependiendo cual sea la situación en el hogar, los recursos pueden ser considerados para determinar la elegibilidad de CalFresh.

Ejemplos de los recursos que se incluyen:

  • Cuentas Bancarias
  • Dinero en efectivo
  • Acciones y Pagarés
  • Bienes Raíces

¿Soy elegible para recibir CalFresh si tengo carro o casa propia?

Si, puede poseer un carro y/o una casa y aun así recibir CalFresh, siempre y cuando sea usted elegible.

Tengo un record criminal. ¿Aun así podría ser elegible para CalFresh?

Si resultó culpable de un delito menor, o un delito grave, incluyendo crímenes de naturaleza violenta, sus antecedentes penales no afectarán a su elegibilidad para CalFresh.

Tengo una condena por un delito relacionado con drogas en mi record. ¿Aun así soy elegible para CalFresh?

Comenzando en Abril del 2015, las condenas relacionadas con las drogas no serán una causa para que el solicitante reciba CalFresh.

Estoy bajo una orden de libertad condicional; ¿Podría ser elegible para recibir CalFresh?

Si, el tiener un orden de libertad condicional no afecta su elegibilidad para recibir CalFresh.

¿Qué clase de alimentos puedo comprar con mis beneficios de CalFresh?

Los hogares PUEDEN usar CalFresh para comprar:

  • Alimentos para el comer en el hogar tales como:
    • Pan y cereales
    • Frutas y vegetales
    • Carne, pescado, aves
    • Productos lácteos
  • Semillas y plantas que se producen para comer en el hogar

Los hogares NO PUEDEN usar CalFresh para comprar:

  • Cerveza, vino, licor, cigarros o tabaco
  • Artículos que no sean comida como:
    • Comida para mascotas;
    • Jabón, productos de papel;
    • y artículos para el hogar
  • Vitaminas y medicinas
  • Alimentos para ser comidos en la tienda
  • Comidas Calientes

Bebidas Energéticas

Para saber si una bebida energética y/o otros productos están autorizados, lo primero que tiene que considerar es lo que dice la de etiqueta que escogió el fabricante para estar bajo las regulaciones de la Administración de Drogas y Alimentos: (FDA):

  • Bebidas energéticas que tienen en la etiqueta un valor nutritivo son alimentos elegibles.
  • Bebidas energéticas que en la etiqueta fueron clasificados por el FDA como que tienen un valor nutritivo suplementario, no están autorizados.

Si necesita mayor asistencia, puede encontrarla en la página de: Supplemental Nutrition Assistance Program (SNAP).

¿Cuánto tiempo tomará para que mi aplicación para recibir los beneficios CalFresh sea aprobada?

Las agencias de servicios sociales/recursos humanos del condado tienen que dar la oportunidad de recibirlos beneficios lo antes posible a los hogares que han completado el proceso de inicial de aplicación, esto no de tardar más de 30 días después que la aplicación fue sometida.

Sin embargo, en situaciones de emergencia la persona/hogar puede recibir beneficios: Urgentes de CalFresh (Emergency CalFresh) en los siguientes 3 días después que la aplicación fue (el día sábado y domingo se cuentan como un día).

Si usted desea conversar en más detalle del acerca del Programa CalFresh con el personal del programa y/o para saber como aplicar para beneficios, favor de contactar MC-CHOICE al (866) 361-0477.

¿Se puede pagar el depósito de las botellas (CVR) con los beneficios de comida EBT?

En el caso de que un artículo (como bebidas elegibles), incluya un depósito por estar en un envase retornable este se podrán pagar en su totalidad con los beneficios de comida (EBT). Esto se paga aun cuando el depósito no se incluyó en el mismo precio. El (CVR) se puede pagar con los beneficios de comida EBT.

Medi-Cal

¿Cómo puedo usar mis beneficios de Medi-Cal?

Las preguntas que son de sus beneficios de Medi-Cal, tales como localizar un médico, en donde surtir sus prescripciones y cuales servicios son cubiertos por los beneficios de Medi-Cal, debe de ser preguntadas a su trabajador de elegibilidad de servicios sociales del condado, o usted puede llamar directamente al Medi-Cal al (916) 636-1980. En la página de internet del California Department of Health Care Services encontrará más información del Programa Medi-Cal.

¿Cómo o en donde puedo aplicar para Covered California?

: Los Californianos que necesitan un seguro médico pueden visitar la página de internet Covered California o llamar al (800) 300-1506 para solicitar la cobertura. Si usted necesita asistencia personal, puede localizar a un Consejero de Inscripción Certificado, un Agente de Seguros Certificado o contactar a la oficina de servicios sociales más cercana a usted.

Recientemente fui aprobado para el Medi-Cal. ¿Cómo puedo escoger a un médico?

Si tiene Medi-Cal regular, debe de ver a los proveedores de servicios que aceptan  Medi-Cal . Si usted ya tiene médico de atención primaria (médico de cabecera) que le gustaría que le atendiera, le puede preguntar si acepta  Medi-Cal o si ellos le pueden ayudar a localizar un proveedor que acepte  Medi-Cal regular. Desafortunadamente, no existe un directorio de proveedores de servicios para los pacientes del Medi-Cal.

Si está en un Plan de Cuidado Médico administrado por  Medi-Cal, debe de ser atendido por los proveedores que están en su plan. Para obtener un directorio de los proveedores  puede comunicarse directamente a Health Care Options al (800) 430-4263.

Si no he recibido mi tarjeta de Identificación de Beneficios del Medi-Cal (BIC) o si mi BIC fue extraviada, robada o dañada. ¿Qué puedo hacer?

Si la tarjeta BIC aun no ha sido recibida, se extravió, se daño, fue robada o tiene la información incorrecta, usted debe contactarnos al (877) 410-8823 para solicitar que se le envié una tarjeta nueva.

Como adulto, ¿Soy elegible para el Denti-Cal?

Debido a un reciente cambio en la ley, algunos de los servicios dentales para los adultos han regresado al programa Denti-Cal. Los beneficios para los niños no cambiarán.

Los servicios incluidos son:

  • Examinaciones and Radiografías
  • Limpiezas
  • Tratamientos de Fluoruro
  • Rellenos
  • Endodoncias en los dientes de enfrente
  • Coronas prefabricadas
  • Dentaduras completas

Otros servicios dentales que son medicamente necesarios.

Para mayor información usted puede contactar a Denti-Cal llamando al: (800) 322-6384.

CalWORKs

¿Que ingreso se debe de reportar?

Todos los ingresos se tienen que reportar al Condado. Todo tipo de ingreso como dinero en efectivo o apoyo (ej.: pago de renta o utilidades). A continuación le damos ejemplos de ingreso que se debe  reportar.

  • Trabajos o empleo
  • Cuentas del hogar que son pagados por alguien mas
  • Actividades de un negocio propio
  • Bienes raíces o propiedades personales (como una casa o cuentas de banco)
  • Una contribución hecha por alguna persona, organización a agencia de asistencia.
  • Dinero que se recibe por recoger la basura reciclable
  • Donaciones (Pago de la renta o las utilidades que alguien mas paga por usted)

¿Existen límites de ingreso o restricciones para propiedad?

Si. Todos los miembros del hogar pueden tener hasta un máximo de $10,888 en recursos (ya sea efectivo, cuenta de banco, etc.) a menos que haya un de la familia que sea mayor de 60 años. Si este es el caso, el límite aumenta a $16,333.

Si usted vive casa propia, la propiedad es exenta del límite de propiedad.

Los carros son elegibles para las exenciones dependiendo si están registrados, o si los usa para ir a trabajar o a un entrenamiento. El condado le explicará como son valorados los carros durante su entrevista.

¿Cuáles son las reglas escolares para los beneficios de CalWORKS?

Todos los niños de entre las edades 6 a17 tienen que estar asistiendo a la escuela. De los 16 y 17 deben de asistir a la escuela de tiempo completo o participar en el programa

Welfare-to-Work. De 18 años de edad deben de asistir a una escuela preparatoria o vocacional técnica por tiempo completo y se espera que se gradúen antes de los 19 años.

Audiencias o Quejas con el Estado

¿Cómo puedo solicitar una audiencia con el estado?

Existen varias maneras de solicitar una audiencia con el estado:

  1. Complete la página de atrás de la Notificación de Acción (NOA) y envíela por correo a la oficina de apelaciones del condado que aparece en la parte de atrás de la Notificacion. La Notificacion de Accion es la forma que el condado mandó por correo  para informarle la acción que fue tomada en su caso.
  2. Puede enviar la Notification de Accion por correo o fax al:

California Department of Social Services
State Hearings Division
744 P Street, MS 9-17-37
Sacramento, CA 95814
Número de fax: (916) 651-2789

3. Llame al CDSS Unidad de Preguntas y Respuestas al Público al número (800) 952-        5253 o (800) 952-8349 (TDD). Las llamadas son gratuitas.

La División de Audiencias del Estado notificará por correo al solicitante la fecha, hora y lugar en que la audiencia ha sido programada.

Si solicito una audiencia con el estado, ¿Mis beneficios de asistencia pública permanecerán igual?

Si ha solicitado una audiencia porque recibió una Notificación de Acción (NOA) informándole que sus beneficios serán reducidos, usted podría continuar recibiendo la misma cantidad hasta que llegue la fecha de la audiencia si es que usted llenó la solicitud antes de la fecha de la NOA entre en acción. Esto se llama asistencia pendiente. La solicitud para la asistencia pendiente es aprobada o negada por su oficina de servicios sociales/servicios humanos, oficina de apelaciones de su condado.

Existe una excepción: Si el condado desea reducir o detener sus beneficios de CalFresh y usted solicita una audiencia antes de la fecha efectiva, usted únicamente continuará recibiendo su cantidad de beneficios de CalFresh hasta que termine su periodo actual de certificación. Este podría ser antes de la fecha de su audiencia.

Si recibe la asistencia pendiente, y la decisión en la audiencia no es a su favor, se le pedirá que pague al condado la cantidad de la asistencia monetaria y los beneficios CalFresh que recibió como asistencia pendiente.

Si solicita una audiencia después de la fecha en que la NOA será efectiva, el condado puede reducir o parar su asistencia aun cuando usted haya solicitado una audiencia.

Yo tuve una audiencia con el estado y no estoy de acuerdo con la decisión. ¿Cómo podría solicitar una re-audiencia?

Si no está satisfecho con su la decisión de su audiencia estatal, y desea que otro Juez Administrador de la Ley la revise; puede solicitar una re-audiencia y/o buscar una revisión judicial en los siguientes 30 días de que haya recibido la decisión.

En su solicitud de re-audiencia, anote la fecha en que recibió su decisión y la razón por la cual le deberían de dar la re-audiencia. Si desea presentar evidencia adicional, anote cual es la evidencia y explique por qué no fue presentada antes y como es que debería de cambiar la decisión. Para solicitar una re-audiencia, mande por correo su petición (una carta) a:

California Department of Social Services
Rehearing Unit
744 P Street, Mail Station 9-17-37
Sacramento, CA 95814

Para solicitar una revisión judicial, debe presentar una petición en la Corte Superior (bajo el Procedimiento del Código Civil §1094.5) durante el año que le siguiente al haber recibido su decisión. Someta su petición en la Corte Superior del condado mencionado en su decisión. Usted puede someter esta petición sin solicitar una re-audiencia. No hay cargos por someter la petición. Usted podría recibir el costo por los servicios de un abogado si la corte otorga el veredicto a su favor.

Si la re-audiencia fue dada y usted está inconforme con la decisión de la re-audiencia, podrá solicitar una revisión judicial, pero no podrá solicitar otra re-audiencia.

Si accedo a firmar una renuncia condicional voluntaria pero después que han pasado 30 días mi situación no ha sido resuelta. ¿Puedo re-abrir la audiencia?

Los demandantes que han firmado una renuncia voluntaria condicional pueden re-abrir su audiencia con el estado si no han recibido información de la agencia de servicios sociales/humanos que indique las condiciones por las que se ha actuado.

Si le gustaría re-abrir su audiencia, por favor tenga el número de caso de audiencia disponible y llame a la división de Audiencias del Estado al número gratuito: (800)-743-8525

Migración

No soy ciudadano de los Estados Unidos. ¿Puedo recibir CalFresh?

Si, usted podría ser elegible si tiene un estado migratorio legal. Esto incluye a Residentes Permanentes Legal (que tienen la tarjeta verde), refugiados, asilados (un individuo al que se le ha concedido el asilo), personas a las que se le ha autorizado que se suspenda o se quite la deportación, Ingresantes Cubanos/Haitianos, individuos que han sido autorizado por las autoridades de inmigración para estar con libertad condicional por lo menos durante un año, ingresantes condicionados (tarjetas verdes temporales), y cierta clase de víctimas de violencia domestica. Victimas de tráfico humano (visa T) y solicitantes de la visa U/ayuda provisional son también elegibles para CalFresh.

¿Será reportado mi estado migratorio a las autoridades de migración?

No, la información de su cual es su estado migratorio únicamente será usada para revisar si usted es elegible para recibir los beneficios de CalFresh. Las autoridades de migración no pueden utilizar esta información para realizar una deportación a menos que exista una violación criminal.

Mis hijos, ¿Pueden recibir CalFresh aun si yo no tengo documentos de migración?

Si, sus hijos pueden ser elegibles aun si usted no lo es. Usted puede aplicar por los niños que nacieron en los Estados Unidos, son residentes permanente legal o califican para algún estado especial migratorio (menores de 22) reciban CalFresh. Debe presentar pruebas de ingreso y recursos para que se determine su cantidad de CalFresh.

Al recibir el CalFresh de mis hijos ¿hará que sea más difícil recibir la tarjeta verde o hacerme ciudadano?

No, a diferencia de recibir otra clase de asistencia monetaria, el recibir CalFresh no hace que el migrante sea una “carga pública”. Al migrante no se le negará la entrada al país, o se le negará la residencia permanente o una tarjeta verde porque él o ella reciben beneficios de CalFresh. El uso del los beneficios de CalFresh por un migrante no es relevante al decidirse si él o ella será un ciudadano de los E.U. La excepción es cuando los beneficios de CalFresh fueron recibidos o usados fraudulentamente, (por ejemplo, si el migrante no dijo la verdad acerca de donde vive o cual es su ingreso, etc.).

Pueden recibir CalFresh los niños migrantes que no tienen documentos de migración de los E.U?

No, únicamente los niños nacidos en los Estados Unidos que son residentes permanentes o que califican para un estado especial de migración especial pueden recibir CalFresh.

Cuando se aplica para CalFresh se tiene que dar la información del patrocinador?

Si, Pero únicamente para algunos adultos. Usted puede aplicar por los niños menores de 18 años de edad sin que provea NINGUNA información del patrocinador. Migrantes con patrocinadores aun pueden recibir CalFresh si el ingreso del patrocinador es muy bajo, o si fueran a padecer de hambre o vivienda si no reciben la asistencia (tomando en cuenta todo el dinero que la familia recibe en la actualidad) o si son víctimas de violencia domestica, o si tienen un crédito por trabajar 10 años en los E.U.

Para recibir beneficios de salud, ¿Debo ser ciudadano de los E.U.?

Dependiendo del programa de salud, hay un gran rango de servicios disponibles que tienen cierto criterio de elegibilidad, desde seguros con una prima de bajo costo hasta una variedad de cobertura de los programas de Medi-Cal.

Cuando complete mi aplicación para Medi-Cal, ¿tendré que responder todas las preguntas acerca de mi estado de migración?

Se le puede preguntar acerca de su estado migratorio para poder determinar el nivel de los beneficios a los cuales usted podría recibir. Por ejemplo, algunas personas podrían recibir servicios relacionados al embarazo y emergencias únicamente; otros son elegibles para cobertura total en los beneficios de Medi-Cal dependiendo de su estado migratorio.